Plataforma de Evaluación y Seguimiento a la Gestión Ambiental Sectorial

OBTENER CERTIFICACIÓN AMBIENTAL (CA)

CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA TU PROYECTO DE INVERSIÓN

La certificación ambiental es el instrumento previo que todo proyecto de inversión debe elaborar antes de ser ejecutado, previendo los impactos ambientales negativos significativos que podría generar. Equivale a la hoja de ruta del proyecto, donde están contenidos los requisitos y obligaciones del titular, así como las actividades que deberá llevar a cabo para remediar los impactos negativos.

Toda persona natural o jurídica, de derecho público o privado, nacional o extranjera, que pretenda desarrollar un proyecto de inversión en el Perú que sea susceptible de generar impactos ambientales negativos de carácter significativo, debe gestionar una Certificación Ambiental ante la autoridad correspondiente.

No podrá iniciarse la ejecución de los proyectos ni las actividades de servicios y comercio y ninguna autoridad nacional, sectorial, regional o local podrá aprobarlas, autorizarlas, permitirlas, concederlas o habilitarlas si previamente no cuentan con la Certificación Ambiental.Este documento tiene plazo de vigencia de 3 años y se evalúa en un plazo máximo de 20 días hábiles.

ANTES DE EMPEZAR: VERIFICAR SI CORRESPONDE SOLICITAR CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
! SOLO EN CASO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN DE SANEAMIENTO

De acuerdo a la Actualización en el Listado de Inclusión de los proyectos de inversión en el subsector saneamiento, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 383-2016-MINAM, los proyectos que ya NO requieren la obtención de la Certificación Ambiental, de acuerdo a lo precisado en el anexo 2 de la Resolución Ministerial N° 036-2017-VIVIENDA, son los siguientes:

  • a) El proyecto tiene una población beneficiaria menor a 15,000 habitantes.
  • b) El proyecto no se encuentra dentro de una Área Natural Protegida (ANP) o Zona de Amortiguamiento.
  • c) El proyecto contempla PTAR menor a 15,000 habitantes.

Si cumples con estas características, debes registrar tu Ficha Técnica Ambiental, caso contrario, SI corresponde solicitar la Certificación Ambiental.
Registrar Ficha Técnica Ambiental

REQUISITOS PARA LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
  • Solicitud virtual del Titular del proyecto, cumpliendo con el llenado del aplicativo virtual para la Clasificación Ambiental.
  • Copia del Certificado o Constancia de Compatibilidad emitido por el SERNANP, de corresponder, solo para aquellos proyectos ubicados en área natural protegida de administración nacional o su Zona de Amortiguamiento o del Área de Conservación Regional.
  • Presentar según la categoría del proyecto de inversión, lo siguiente:
    Categoría I: Declaración de Impacto Ambiental - DIA.
    Categoría II y III: Propuesta de Términos de Referencia.
Importante

- En caso al proyecto de inversión propuesto, le corresponda la Categoría I, el llenado del Aplicativo Virtual para la Clasificación Ambiental de los proyectos de inversión de edificaciones y de saneamiento, así como la elaboración de la Declaración de Impacto Ambiental requeridad por la Autoridad Ambiental, requieren la participación de un ingeniero ambiental o arquitecto o ingeniero civil para los proyectos de edificaciones; para el caso de los proyectos de saneamiento se requiere la participación de un ingeniero ambiental o ingeniero sanitario o ingeniero con especialización en saneamiento. Dichos profesionales deberán estar inscritos en una Entidad Autorizada para elaborar los estudios ambientales del sector VIVIENDA.
- En el caso que al proyecto de inversión propuesto, le corresponda la Categoría II o III, el llenado del aplicativo virtual podrá ser realizado por cualquiera de los profesionales que formen parte de la Entidad Autorizada para elaborar los estudios ambientales del sector VIVIENDA.
- De acuerdo al Artículo 50° del Reglamento del SEIA (Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM): Los estudios ambientales, anexos y demás documentación complementaria, deben estar suscritos por el titular y los profesionales responsables de su elaboración; asimismo, el estudio ambiental debe ser suscrito por los representantes de la consultora a cargo de su elaboración.
En virtud a ello, La DGAA ha diseñado el "Formato II - Declaración Jurada para carga de archivos" en beneficio de nuestros administrados, el cual se podría adjuntar al Instrumento de Gestión Ambiental, con lo cual ya no sería necesario imprimir el Instrumento y suscribir en todas sus páginas, pues bastaría con adjuntar este Formato y el archivo solo en su versión digital.
Formato II - Declaración Jurada para carga de archivos: Descargar

CÓMO HACERLO
En Línea

1 Presenta tu Solicitud Virtual en línea

Deberás ingresar a la Plataforma Virtual de la Dirección General de Asuntos Ambientales y elegir el servicio en línea: Obtener tu Certificación Ambiental. Elegir el aplicativo virtual de acuerdo al rubro de tu proyecto de inversión, registrar la información de tu proyecto y cargar la copia del certificado o constancia de compatibilidad emitida por el SERNANP en archivo pdf, en caso de proyectos de saneamiento; para el caso de proyectos de edificaciones, si corresponde. Finalmente, cargar el Instrumento de Gestión Ambiental correspondiente a la categoría que el aplicativo determinará en ese mismo momento, luego de registrar toda la información.
Recuerda que para el caso de los proyectos de Saneamiento, está activa la Clasificación Anticipada (aprobado mediante Decreto Supremo N° 020-2017-VIVIENDA)

Solicitud virtual para Proyectos de Edificaciones Solicitud virtual para Proyectos de Saneamiento

2 ADMISIBILIDAD

Registrada tu solicitud, la DGAA revisará si todos los requisitos presentados son correctos. En caso de detectar, un requisito incorrecto, se notificará inmediatamente a través de las cuentas de correos electrónicos registradas, para que sea subsanado en un plazo máximo de dos (02) días hábiles. Posterior a ello, en caso de no subsanar el requisito, se cerrará la solicitud entendiéndose como "No Admitido a Trámite".

3 EVALUACIÓN

Admitida a trámite tu solcititud, se te enviará un usuario y contraseña para tener acceso al Buzón de Notificaciones de la DGAA a los correos electrónicos registrados en tu solicitud virtual. El Buzón de Notificaciones es un canal de comunicación en línea entre tu y la DGAA. A través del buzón, la DGAA te remitirá observaciones y/o comunicados respecto a la evaluación de tu solicitud de Certificación Ambiental. Asimismo, también podrás responder y enviar subsanación de observaciones, en caso corresponda.
Además, la DGAA te enviará una comunicación de confirmación al Buzón indicando que tu solicitud "Ha sido Admitida" y se encuentra en la "Fase de Evaluación" por parte del equipo técnico.

4 CIERRE
  • En la Fase de Evaluación, dentro del plazo de 10 dís hábiles máx aprox., la DGAA remitirá tu expediente a una Entidad Opinante externa (ANA, SERNANP, DICAPI, otros) para Opinión Técnica Favorable, en caso corresponda. Asimismo, notificará a través del Buzón, las observaciones técnicas que pudiera presentar tu solicitud, para que sean subsanadas en un plazo de diez (10) días hábiles, pudiendo presentar por única vez una solicitud de ampliación de plazo de diez (10) días hábiles adicionales.
  • Ingresadas las opiniones favorables del sector(es) correspondientes y no tener pendiente subsanación de observaciones, se procederá a elaborar la Resolución Directoral que otorga la Certificación Ambiental al proyecto de inversión, en caso de Categoría I. Para el caso de las Categorías II y III, la Resolución Directoral otorga la Clasificación Ambiental al proyecto de inversión y aprueba los Términos de Referencia, debiendo ingresar el Estudio de Impacto Ambiental por Mesa de Partes de la DGAA (Calle Manuel Gonzáles Olaechea 459-461. San Isidro. Lima). En ambos casos, la Resolución Directoral será notificada al Buzón de Notificaciones y publicada en el portal web de la DGAA.




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